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Programa de Subsidios y Beneficios - 2023

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Año Mes Tipo Subsidio o Beneficio Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado (anual) Tipo unidad monetaria Inicio período o plazo de postulación Fin período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Objetivo del Subsidio o Beneficio Tipo Denominación Numero Fecha Link texto integro Número de Beneficiarios Razones de la exclusión de datos Nombre del Programa Enlace a mayor información
2023 Abril Subsidio Subdirección de Fiscalización Pueden acceder aquellas empresas que, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456:
- Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
- Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
- Tengan 1 o más trabajadoras/es con sueldo mínimo, de acuerdo al período contemplado en la Ley.
- Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
21.993.000.000 Pesos 14/06/2022 11/09/2022 Micro, pequeños y medianos contribuyentes, junto a las cooperativas, personas
jurídicas sin fines de lucro y comunidades, que cumpliendo con los requisitos señalados en los
resolutivos 2° y 3° siguientes, soliciten el subsidio sueldo mínimo Mipyme
No aplica Es un subsidio mensual paraMicro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456. Ley REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL, Y EL SUBSIDIO FAMILIAR, OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LA FORMA QUE INDICA, Y ESTABLECE UN APORTE COMPENSATORIO DEL AUMENTO DEL VALOR DE LA CANASTA BÁSICA DE ALIMENTOS 21456 26/05/2022 Ver enlace N° Trabajadores 334881 / N° Empresas 112715 La información es reservada considerando las reservas legales contenidas en el artículo 35 del Código Tributario (secreto tributario), en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y en otras normas legales que establezcan un deber de reserva Subsidio sueldo mínimo mipymes Ver enlace
Año 2023
Mes Abril
Tipo Subsidio o Beneficio Subsidio
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Subdirección de Fiscalización
Requisitos y antecedentes para postular Pueden acceder aquellas empresas que, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456:
- Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
- Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
- Tengan 1 o más trabajadoras/es con sueldo mínimo, de acuerdo al período contemplado en la Ley.
- Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
Monto global asignado (anual) 21.993.000.000
Tipo unidad monetaria Pesos
Inicio período o plazo de postulación 14/06/2022
Fin período o plazo de postulación 11/09/2022
Criterio de evaluación y asignación Micro, pequeños y medianos contribuyentes, junto a las cooperativas, personas
jurídicas sin fines de lucro y comunidades, que cumpliendo con los requisitos señalados en los
resolutivos 2° y 3° siguientes, soliciten el subsidio sueldo mínimo Mipyme
Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación No aplica
Objetivo del Subsidio o Beneficio Es un subsidio mensual paraMicro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.
Tipo Ley
Denominación REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL, Y EL SUBSIDIO FAMILIAR, OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LA FORMA QUE INDICA, Y ESTABLECE UN APORTE COMPENSATORIO DEL AUMENTO DEL VALOR DE LA CANASTA BÁSICA DE ALIMENTOS
Número 21456
Fecha 26/05/2022
Link texto integro Ver enlace
Número de Beneficiarios N° Trabajadores 334881 / N° Empresas 112715
Razones de la exclusión de datos La información es reservada considerando las reservas legales contenidas en el artículo 35 del Código Tributario (secreto tributario), en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y en otras normas legales que establezcan un deber de reserva
Nombre del Programa Subsidio sueldo mínimo mipymes
Enlace a mayor información Ver enlace

Nota: La información presentada corresponde a información proporcionada desde el Ministerio de Hacienda https://reporte.hacienda.cl/.


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