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OFICIO CIRCULAR N°01 DEL 04 DE ENERO DEL 2008
MATERIA : NORMAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS EN LAS ACTIVIDADES DE EL COMITÉ DE ASUNTOS FISCALES DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICOS OCDE.

DE : DIRECTOR DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

A : PERSONAL DEL SERVICIO

Considerando que, desde marzo de 2006, Chile participa como Observador en el Comité de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y que nuestro país está siendo considerado y evaluado como posible candidato para  convertirse en miembro de dicha Organización, se ha estimado conveniente dictar las siguientes normas que regularán la participación de funcionarios del Servicio de Impuestos Internos en las actividades de OCDE. 

1.   Coordinador General 

Se designará un funcionario encargado de coordinar la totalidad de las materias de competencia de este Servicio relativas a la participación de Chile en OCDE, especialmente en el Comité de Asuntos Fiscales de esa organización y sus cuerpos subsidiarios (“Working Parties” y “cuerpos de nivel 3 o 4”). 

El Coordinador General tendrá las siguientes responsabilidades: 

a)   Ser el punto de contacto principal entre el Director del Servicio de Impuestos Internos y el Comité de Asuntos Fiscales de OCDE y sus cuerpos subsidiarios. 

b)   Informar al Director sobre la posibilidad y conveniencia de iniciar, modificar o poner término a la participación de Chile en determinados cuerpos subsidiarios del Comité de Asuntos Fiscales. 

c)   Mantener un registro actualizado del trabajo efectuado y de los asuntos pendientes respecto de cada uno de los cuerpos subsidiarios del Comité de Asuntos Fiscales.  

d)   Recibir las propuestas de respuesta a los cuestionarios e informes preparadas por  los Grupos de Trabajo que se indican a continuación, solicitar la aprobación del Director y Subdirectores y devolverlas a los Jefes de Grupo de Trabajo, para ser corregidas o enviadas a OCDE, según proceda. 

e)   Coordinar la preparación de cuestionarios, informes o visitas que digan relación con el proceso de evaluación de Chile para su ingreso como miembro permanente a la OECD. 

f)    Mantener comunicación con el Ministerio de Hacienda, con el Ministerio de Relaciones Exteriores y con las otras reparticiones públicas que corresponda, en las materias propias del Comité de Asuntos Fiscales, de acuerdo a las instrucciones del Director.

2.   Jefes de Grupos de Trabajo  

Para el desarrollo del trabajo relacionado con los “cuerpos subsidiarios” del Comité de Asuntos Fiscales se crearán Grupos de Trabajo, cada uno de los cuales tendrá asignado uno o mas “cuerpos subsidiarios” y será dirigido por un Jefe de Grupo.

Los Jefes de Grupo tendrán las siguientes responsabilidades: 

a)   Coordinar la preparación de las respuestas a los cuestionarios e informes solicitados por OCDE tanto en relación a los temas propios de el o los cuerpos subsidiarios asignados a su Grupo de Trabajo aquellos que digan relación con el proceso de evaluación de Chile para su ingreso como miembro permanente a la OECD, y remitir los proyectos de respuesta al Coordinador General. 

b)   Ser el punto de contacto entre el Servicio de Impuestos Internos y el o los cuerpos subsidiarios asignados, para efectos del envío a OCDE de los cuestionarios e informes solicitados y las comunicaciones posteriores en relación a los mismos.

c)   Asistir a las reuniones relacionadas con el o los cuerpos subsidiarios asignados. 

d)   Coordinar la preparación de un informe de cada una de las reuniones en las que se participare.  Este informe será distribuido por el Coordinador General a los otros Jefes de Grupo y a los Subdirectores con competencia en las materias tratadas. 

e)   Monitorear periódicamente la página web de OCDE y mantener información actualizada del trabajo de el o los cuerpos subsidiarios asignados. 

f))    Informar oportunamente al Coordinador General de todos los asuntos de relevancia de el o los cuerpos subsidiarios asignados. 

g)   Proponer al Coordinador General medidas para integrar e implementar dentro del Servicio de Impuestos Internos las experiencias adquiridas como consecuencia de la participación en OCDE. 

h)   En el caso que cuerpos subsidiarios de nivel 3 o 4 se asignaren a diferentes Grupos de Trabajos en forma simultánea los Jefes deberán desarrollar su trabajo de manera coordinada. 

3.   Integrantes de los Grupos de Trabajo. 

Cada Grupo de Trabajo contará con uno o dos integrantes adicionales, seleccionados de entre los funcionarios cuyas labores y conocimientos contribuyan a lograr una participación oportuna y de alta calidad en el o los cuerpos subsidiarios asignados.  

Los integrantes de los Grupos de Trabajo tendrán las siguientes responsabilidades: 

a)   Preparar las respuestas a los cuestionarios y los informes requeridos por OCDE. 

b)   Preparar los informes de los temas tratados en las reuniones de OCDE. 

c)   Proponer al Jefe de Grupo medidas para integrar e implementar dentro del Servicio de Impuestos Internos las experiencias adquiridas como consecuencia de la participación en OCDE. 

d)   Hacer las demás tareas que el Jefe de Grupo determine. 

4.  Procedimiento para la elaboración de informes o cuestionarios requeridos por  OCDE. 

Para la elaboración de los informes y respuestas a los cuestionarios solicitados por OCDE, los Jefes de Grupo contarán con la asistencia de las áreas del Servicio con competencia en las materias de dichos cuestionarios e informes.  Los Jefes de Grupo podrán dirigirse a los Subdirectores del Servicio de Impuestos Internos, para que éstos designen a una o varias personas que colaboren en la obtención de la información requerida. En caso que sea necesaria la asistencia de otros órganos del Estado, el Coordinador General deberá elaborar la solicitud de información que corresponda. 

Los Jefes de Grupo remitirán al Coordinador General los proyectos de respuesta de los cuestionarios o informes para su revisión.  El Coordinador General solicitará la aprobación de los Subdirectores con competencia en las materias del informe o cuestionario, cuando lo estime conveniente, y la aprobación final del Director. 

Los plazos para la entrega y revisión de los informes y cuestionarios serán, en la medida de lo posible,  los siguientes: 

     Los Jefes de Grupo entregarán los informes al Coordinador General al menos 3 semanas antes del cumplimiento del plazo para su entrega final a OCDE.  

     El Director deberá recibir los informes o cuestionarios al menos una semana antes de la fecha de entrega a OCDE. 

5.  Requisito de manejo de idiomas   

Se establece como un requisito indispensable para participar en los Grupos de Trabajo, que los funcionarios respectivos tengan un manejo fluido del idioma inglés o francés, tanto escrito como oral. 

6.  Reuniones periódicas 

Con el objeto mantener a todos los Grupos de Trabajo informados del trabajo realizado en OCDE, los Jefes e integrantes de los Grupos de Trabajo se reunirán trimestralmente para dar cuenta del trabajo realizado y del trabajo pendiente. El Director y los Subdirectores serán informados de la fecha de estas reuniones y se mantendrá a su disposición el acta de las mismas.  

Para su conocimiento y cumplimiento.  

Saluda atentamente a usted,  

 

RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR
 

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