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OFICIO CIRCULAR N°01 DEL 04 DE ENERO DEL 2008
DE : DIRECTOR DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS A : PERSONAL DEL SERVICIO Considerando
que, desde marzo de 2006, Chile participa como Observador en el Comité
de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE) y que nuestro país está siendo
considerado y evaluado como posible candidato para convertirse en miembro de dicha Organización, se ha estimado
conveniente dictar las siguientes normas que regularán la participación
de funcionarios del Servicio de Impuestos Internos en las actividades de
OCDE. 1.
Coordinador General Se
designará un funcionario encargado de coordinar la totalidad de las
materias de competencia de este Servicio relativas a la participación
de Chile en OCDE, especialmente en el Comité de Asuntos Fiscales de esa
organización y sus cuerpos subsidiarios (“Working Parties” y
“cuerpos de nivel 3 o 4”). El
Coordinador General tendrá las siguientes responsabilidades: a)
Ser el punto de contacto principal entre el Director del Servicio
de Impuestos Internos y el Comité de Asuntos Fiscales de OCDE y sus
cuerpos subsidiarios. b)
Informar al Director sobre la posibilidad y conveniencia de
iniciar, modificar o poner término a la participación de Chile en
determinados cuerpos subsidiarios del Comité de Asuntos Fiscales. c)
Mantener un registro actualizado del trabajo efectuado y de los
asuntos pendientes respecto de cada uno de los cuerpos subsidiarios del
Comité de Asuntos Fiscales. d)
Recibir las propuestas de respuesta a los cuestionarios e
informes preparadas por los
Grupos de Trabajo que se indican a continuación, solicitar la aprobación
del Director y Subdirectores y devolverlas a los Jefes de Grupo de
Trabajo, para ser corregidas o enviadas a OCDE, según proceda. e)
Coordinar la preparación de cuestionarios, informes o visitas
que digan relación con el proceso de evaluación de Chile para su
ingreso como miembro permanente a la OECD. f)
Mantener comunicación con el Ministerio de Hacienda, con el
Ministerio de Relaciones Exteriores y con las otras reparticiones públicas
que corresponda, en las materias propias del Comité de Asuntos
Fiscales, de acuerdo a las instrucciones del Director. 2.
Jefes de Grupos de Trabajo Para
el desarrollo del trabajo relacionado con los “cuerpos subsidiarios”
del Comité de Asuntos Fiscales se crearán Grupos de Trabajo, cada uno
de los cuales tendrá asignado uno o mas “cuerpos subsidiarios” y
será dirigido por un Jefe de Grupo. Los
Jefes de Grupo tendrán las siguientes responsabilidades: a)
Coordinar la preparación de las respuestas a los cuestionarios e
informes solicitados por OCDE tanto en relación a los temas propios de
el o los cuerpos subsidiarios asignados a su Grupo de Trabajo aquellos
que digan relación con el proceso de evaluación de Chile para su
ingreso como miembro permanente a la OECD, y remitir los proyectos de
respuesta al Coordinador General. b)
Ser el punto de contacto entre el Servicio de Impuestos Internos
y el o los cuerpos subsidiarios asignados, para efectos del envío a
OCDE de los cuestionarios e informes solicitados y las comunicaciones
posteriores en relación a los mismos. c)
Asistir a las reuniones relacionadas con el o los cuerpos
subsidiarios asignados. d)
Coordinar la preparación de un informe de cada una de las
reuniones en las que se participare.
Este informe será distribuido por el Coordinador General a los
otros Jefes de Grupo y a los Subdirectores con competencia en las
materias tratadas. e)
Monitorear periódicamente la página web de OCDE y mantener
información actualizada del trabajo de el o los cuerpos subsidiarios
asignados. f))
Informar oportunamente al Coordinador General de todos los asuntos de
relevancia de el o los cuerpos subsidiarios asignados. g)
Proponer al Coordinador General medidas para integrar e
implementar dentro del Servicio de Impuestos Internos las experiencias
adquiridas como consecuencia de la participación en OCDE. h)
En el caso que cuerpos subsidiarios de nivel 3 o 4 se asignaren a
diferentes Grupos de Trabajos en forma simultánea los Jefes deberán
desarrollar su trabajo de manera coordinada. 3.
Integrantes de los Grupos de Trabajo. Cada
Grupo de Trabajo contará con uno o dos integrantes adicionales,
seleccionados de entre los funcionarios cuyas labores y conocimientos
contribuyan a lograr una participación oportuna y de alta calidad en el
o los cuerpos subsidiarios asignados. Los
integrantes de los Grupos de Trabajo tendrán las siguientes
responsabilidades: a)
Preparar las respuestas a los cuestionarios y los informes
requeridos por OCDE. b)
Preparar los informes de los temas tratados en las reuniones de
OCDE. c)
Proponer al Jefe de Grupo medidas para integrar e implementar
dentro del Servicio de Impuestos Internos las experiencias adquiridas
como consecuencia de la participación en OCDE. d)
Hacer las demás tareas que el Jefe de Grupo determine. 4.
Procedimiento para la elaboración de informes o cuestionarios
requeridos por OCDE. Para
la elaboración de los informes y respuestas a los cuestionarios
solicitados por OCDE, los Jefes de Grupo contarán con la asistencia de
las áreas del Servicio con competencia en las materias de dichos
cuestionarios e informes. Los
Jefes de Grupo podrán dirigirse a los Subdirectores del Servicio de
Impuestos Internos, para que éstos designen a una o varias personas que
colaboren en la obtención de la información requerida. En caso que sea
necesaria la asistencia de otros órganos del Estado, el Coordinador
General deberá elaborar la solicitud de información que corresponda. Los
Jefes de Grupo remitirán al Coordinador General los proyectos de
respuesta de los cuestionarios o informes para su revisión.
El Coordinador General solicitará la aprobación de los
Subdirectores con competencia en las materias del informe o
cuestionario, cuando lo estime conveniente, y la aprobación final del
Director. Los
plazos para la entrega y revisión de los informes y cuestionarios serán,
en la medida de lo posible, los
siguientes: •
Los Jefes de Grupo entregarán los informes al Coordinador
General al menos 3 semanas antes del cumplimiento del plazo para su
entrega final a OCDE. •
El Director deberá recibir los informes o cuestionarios al menos
una semana antes de la fecha de entrega a OCDE. 5.
Requisito de manejo de idiomas
Se
establece como un requisito indispensable para participar en los Grupos
de Trabajo, que los funcionarios respectivos tengan un manejo fluido del
idioma inglés o francés, tanto escrito como oral. 6.
Reuniones periódicas Con
el objeto mantener a todos los Grupos de Trabajo informados del trabajo
realizado en OCDE, los Jefes e integrantes de los Grupos de Trabajo se
reunirán trimestralmente para dar cuenta del trabajo realizado y del
trabajo pendiente. El Director y los Subdirectores serán informados de
la fecha de estas reuniones y se mantendrá a su disposición el acta de
las mismas. Para
su conocimiento y cumplimiento. Saluda
atentamente a usted, RICARDO
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